El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento para el otorgamiento en diciembre del Bono por Desempeño a favor del 10% del personal que presta servicios en la Policía Nacional para premiar los buenos resultados y acciones distinguidas de los agentes del orden.
Mediante un Decreto Supremo, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se precisa que el monto de los recursos a distribuir equivale al 1% de la planilla de remuneraciones anualizada de la institución policial.
Dicho monto corresponde al Presupuesto Inicial de Apertura del Ministerio del Interior del año 2010, y será distribuido según el cálculo del monto individual del Bono Por Desempeño, con la planilla de pagos de diciembre. En ningún caso el personal recibirá este bono más de una vez.
La asignación económica se entregará al final del proceso de evaluación, alcanzando al personal de la PNP, señala la norma. Se precisa también que este beneficio no alcanza al personal civil, cadetes ni alumnos de las escuelas de formación policial.
El bono también se otorgará al personal que haya cesado durante el año 2010, pero que haya tenido condición de activo durante el periodo de evaluación, siempre que cumpla con los requisitos establecidos.
Dicho beneficio no tiene carácter remunerativo, compensatorio ni pensionable; y no se encuentra sujeto a cargas sociales. Tampoco el bono constituye base de cálculo para la Compensación por Tiempo de Servicios o cualquier otro tipo de asignaciones o entregas.
Los indicadores para la entrega de este bono se orientan al porcentaje de faltas investigadas y tramitadas por el personal policial, así como las denuncias resueltas por delitos contra el patrimonio, contra la violencia familiar, entre otros.
Evaluación
Según la norma, en un plazo no mayor de 15 días calendario (contados desde hoy), la PNP designará al órgano responsable de la evaluación de los indicadores para el otorgamiento del Bono por Desempeño.
Para la aplicación de este reglamento, las dependencias de la PNP se encuentran distribuidas en comisarías y dependencias restantes.
La transferencia económica se efectuará luego de verificar que las dependencias premiadas alcanzaron, efectivamente, el mejor desempeño; según cada grupo a constituirse.
También se debe garantizar la veracidad del avance en la gestión administrativa de cada dependencia, así como la eficacia y eficiencia del personal al interior de cada dependencia.
Requisitos
Entre los requisitos para la percepción del bono figuran haber sido destacado durante el año 2010 al menos en la mitad más uno de los días que comprende el periodo de evaluación en las dependencias que resulten ganadoras de la competencia por desempeño.
Asimismo, no contar con sanciones disciplinarias de arresto de rigor durante el periodo evaluado, ni encontrase con una medida preventiva que disponga la situación de disponibilidad por medida disciplinaria de separación temporal del cargo y cese por más de 30 días.
Otro requisito es no encontrase en situación de disponibilidad o retiro por infracción disciplinaria o insuficiencia profesional durante el periodo de evaluación, ni encontrase con sentencia judicial condenatoria.
La mencionada norma lleva las firmas del jefe de Estado, Alan García Pérez; y del ministro de Economía, Ismael Benavides Ferreyros.
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