La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que el próximo viernes 5 de marzo vence el plazo de entrega de las listas de miembros activos de los colegios de abogados y colegios profesionales del país, con miras a las elecciones de miembros ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
Estos comicios se realizarán el 13 de junio de 2010 con la finalidad de elegir a tres representantes de ambos sectores ante el organismo encargado de seleccionar y nombrar a jueces y fiscales.
Con las informaciones recibidas de miembros activos, la ONPE emitirá la resolución jefatural de aprobación de los padrones electorales, tanto para la elección del consejero de los Colegios de Abogados del país, como para la elección de los consejeros de colegios profesionales.
Los padrones electorales serán publicados en el portal institucional del organismo electoral, www.onpe.gob.pe
Según las disposiciones del organismo electoral, contenidas en la resolución jefatural 026-2010-J/ONPE, en la elección del consejero de los Colegios de Abogados del país, cada abogado será considerado como un elector dentro del padrón correspondiente, de igual manera en el caso de los colegios profesionales.
Si un elector es miembro hábil de algún Colegio de Abogados y, además, de algún otro colegio profesional, tendrá tal condición en ambos padrones electorales.
El 13 de junio se elegirán a un representante de los Colegios de Abogados (y un suplente), así como dos de los colegios profesionales (y dos suplentes) de todo el país ante el CNM.
NDP/JCC/JCP
Estos comicios se realizarán el 13 de junio de 2010 con la finalidad de elegir a tres representantes de ambos sectores ante el organismo encargado de seleccionar y nombrar a jueces y fiscales.
Con las informaciones recibidas de miembros activos, la ONPE emitirá la resolución jefatural de aprobación de los padrones electorales, tanto para la elección del consejero de los Colegios de Abogados del país, como para la elección de los consejeros de colegios profesionales.
Los padrones electorales serán publicados en el portal institucional del organismo electoral, www.onpe.gob.pe
Según las disposiciones del organismo electoral, contenidas en la resolución jefatural 026-2010-J/ONPE, en la elección del consejero de los Colegios de Abogados del país, cada abogado será considerado como un elector dentro del padrón correspondiente, de igual manera en el caso de los colegios profesionales.
Si un elector es miembro hábil de algún Colegio de Abogados y, además, de algún otro colegio profesional, tendrá tal condición en ambos padrones electorales.
El 13 de junio se elegirán a un representante de los Colegios de Abogados (y un suplente), así como dos de los colegios profesionales (y dos suplentes) de todo el país ante el CNM.
NDP/JCC/JCP
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