Esta semana se iniciaría el proceso de tachas contra los candidatos que presentaron hasta el 5 de julio su solicitud de inscripción a fin de participar en las elecciones regionales y municipales del 3 de octubre, de acuerdo con los plazos de ley.
Según la Ley Orgánica de Elecciones Municipales, tras el cierre de plazo de presentación de solicitud de inscripción, los jurados electorales especiales (JEE) tienen tres días naturales para verificar si los candidatos cumplen con los requisitos exigidos por ley.
En caso de ser admitida la fórmula de candidatos se procederá a su inmediata publicación, dando inicio a los tres días naturales con que cuenta cualquier ciudadano para interponer una tacha contra determinado candidato, plazo que a más tardar vencerá este fin de semana.
La norma también precisa que la tacha que se declare fundada respecto a uno o más candidatos de una lista no invalida la inscripción de los demás candidatos.
De acuerdo con los procedimientos de ley, el ciudadano que inicie un proceso de tachas contra algún aspirante tendrá que abonar el equivalente al 25 por ciento de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a 900 nuevos soles.
La decisión del JEE sobre determinada tacha podrá ser apelada previo pago de 396 soles (11 por ciento de la UIT). Será el pleno del Jurado Nacional de Elecciones el que, en audiencia pública, resolverá la apelación dentro del término de cinco días hábiles de su recepción.
Según el analista en temas electorales de Gestión y Gobierno, Juan Falconí, los ciudadanos no deberían realizar solicitudes de tachas sin antes revisar escrupulosamente la Ley Orgánica de Elecciones Municipales, ya que estos procesos en muchos casos son declarados infundados.
“El tema es que la tacha no resulta gratuita, no se puede ir con su escrito y la firma de un abogado porque se rechazaría, esto tiene un costo de una cuarto de unidad impositiva tributaria, no es tan fácil ir y tachar a los candidatos.”
En el caso de elecciones regionales, el Jurado Nacional de Elecciones precisa también que si la tacha contra el candidato a la presidencia regional es declarada fundada, la candidatura a la vicepresidencia regional que integre la misma fórmula tampoco será inscrita.
Asimismo, se resalta que si la tacha contra el aspirante a la vicepresidencia regional es declarada fundada, la candidatura a la presidencia regional que integre la misma fórmula será inscrita.
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