sábado, 2 de abril de 2011

Desde ayer están prohibidas las áreas para fumadores en lugares públicos cerrados

A partir de ayer, 02 de abril, todos los ambientes de las dependencias públicas, centros de trabajo, restaurantes, medios de transporte, salas de juego y en general cualquier espacio público cerrado deberán estar cien por ciento libre del humo de tabaco, de acuerdo con la Ley 29517.

Se trata de la Ley para la Prevención del Consumo y los Riesgos por Fumar, que puso punto final a las áreas separadas para fumadores, que anteriormente podían existir en un 20 por ciento, indicó la Comisión Nacional Permanente de Lucha Antitabáquica (Colat).

"Abril era un mes esperado por muchos ciudadanos, especialmente aquellos que desean tener una diversión sin ser expuestos involuntariamente a sustancias tóxicas que dañan su salud. Hoy entró en vigencia la Ley 29517, que se dio en abril del año pasado y establecía un plazo de 360 días para adecuarse a lo previsto en ella", refirió Carlos Farías, presidente de Colat.

Indicó que las investigaciones hechas en Perú por Colat, Cedro y la Universidad estadounidense Roswell Park de Bufallo demostraron que la concentración de nicotina en el cabello de los trabajadores no fumadores expuestos era elevada y de alto riesgo para la salud.

Del mismo modo, agregó, otro estudio reveló la existencia de partículas tóxicas en el ambiente producto del humo de tabaco, en ocho veces mayor cantidad que en locales donde no permitían fumar.

Las inspecciones en bingos y tragamonedas realizadas por Colat acompañando a los equipos municipales de San Borja y Jesús María demostraron que la separación de ambientes para fumadores (Ley 28705) era inexistente, pues las puertas de separación abiertas facilitaban una elevada contaminación en todo el local.

Para aquellos que comprobadamente invirtieron en esta separación (situación que fue adoptada por la inmensa mayoría de bingos y tragamonedas) se prorrogó el cumplimiento de la ley hasta hoy, 01 de abril del 2011, por lo que sus ambientes deben ser totalmente libres del tabaco.

"Y la ley debe cumplirse. Los argumentos de protección de la salud pública de los ciudadanos merecen una exigencia de todos los municipios y gobiernos regionales del Perú. Evitemos seguir llorando por nuestros familiares y amigos desaparecidos por esta adicción", puntualizó.

De acuerdo con la ley, se entiende por espacios públicos cerrados todo lugar de trabajo o de acceso al público que se encuentre cubierto por un techo y cerrado entre paredes, independientemente del material utilizado para el techo y de que la estructura sea permanente o temporal.

Además, en todos los establecimientos públicos cerrados deben colocarse en un lugar visible carteles con la siguiente inscripción: "Está prohibido fumar en lugares públicos por ser dañino para la salud. Ambiente 100% libre de humo de tabaco”
Andina 

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