jueves, 8 de julio de 2010

Partidos que hagan pintas en lugares públicos pueden ser multados y denunciados

Las organizaciones políticas que realicen pintas electorales en lugares públicos, como en las obras del Tren Eléctrico, pueden ser multadas de no retirarlas, sin perjuicio de la denuncia penal que se podría interponer en esos casos, dijo el magistrado electoral Ulises Montoya.

En declaraciones a Andina, explicó que los jurados electorales especiales (JEE) serán los encargados de recibir estas denuncias y fiscalizar el retiro inmediato de las pintas proselitistas colocadas en predios públicos en todo el país.

“Estas instancias pedirán el retiro de las pintas y si las organizaciones hacen caso omiso a este requerimiento se puede aplicar una multa, y en algunos casos se puede llegar a una denuncia penal”; comentó Montoya, integrante del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

La propaganda en áreas y propiedades públicas contraviene la Ley Orgánica de Elecciones y el reglamento de propaganda electoral, aprobado mediante Resolución N° 136-2010-JNE.

El artículo 187 de la Ley Orgánica de Elecciones señala que quedan prohibidos, como forma de propaganda política, el empleo de pintura en calzadas y muros de predios públicos y privados, entre otros.

Sin embargo, Montoya aclaró que, más allá de las multas o posibles denuncias contra los personeros o representantes de las organizaciones políticas que incumplan estas normas, no hay ningún impedimento para que los candidatos que no retiren las pintas de los lugares públicos postulen en los próximos comicios del 3 de octubre.

“No olvidemos que cada municipalidad dicta sus ordenanzas respecto a la publicidad electoral, pero no hay ninguna sanción en el sentido de que retiren su candidatura”, agregó.

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