martes, 21 de junio de 2011

Prohíben uso de azoteas como mini departamentos en San Miguel

La Municipalidad de San Miguel prohibió el uso de mini departamentos en las azoteas de los edificios unifamiliares o multifamiliares existentes o por construirse en ese distrito.

Mediante una Ordenanza publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano se establece que tampoco se permitirá el uso de la azotea para educación, comercio, entre otros fines.

En viviendas unifamiliares se permitirá el uso de la azotea como área de recreación de la vivienda y un 10 % de techado tipo sol y sombra. La altura mínima de piso a techo será de 2,30 metros y la máxima de 2,60 metros. No se permitirá el uso de azoteas en quintas ni en conjuntos residenciales.

Para los edificios multifamiliares el uso de la azotea procederá en lotes cuya área deberá tener como mínimo 180 metros cuadrados, a excepción de edificios multifamiliares que tengan dos viviendas como máximo, en cuyo caso solo se permitirá el uso de azoteas en lotes a partir de 150 metros cuadrados.

La norma señala que el techado de la azotea procederá en los siguientes casos: si se trata de una propiedad exclusiva se podrá techar no más del 25% del área del departamento que último nivel inferior a la azotea. Lo mismo ocurrirá en caso de propiedad común.

De tratarse de azotea sobre un departamento tipo dúplex que ocupe los dos últimos niveles, sólo se permitirá un área techada no mayor al 10 % del área techada del segundo nivel de dicho departamento.

La construcción deberá ubicarse a una distancia mínima de tres metros, retirada de la fachada principal delantera y fachada posterior. En lotes ubicados en esquina deberá retirarse una distancia mínima de tres metros de toda la fachada principal que conforma dicha esquina, así como de la fachada posterior.

La Ordenanza dispone que no se podrá colocar tendales en la azotea a no ser que cuente con cerramiento de celosías y no permita la vista exterior, siempre y cuando no constituyan obstáculos a la circulación, ni perjudique zonas de seguridad.

La comuna señala que las empresas y/o personas naturales que tramiten licencias de edificación y anteproyectos arquitectónicos deberán cumplir estas disposiciones, las mismas que serán verificadas durante el procedimiento de revisión del expediente administrativo y por la Comisión Calificadora de Proyectos, según corresponda.

La Ordenanza lleva al firma del alcalde distrital, Salvador Heresi Chicoma.

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